La Alcaldía de Cartagena expidió el Decreto 1327 del 14 de diciembre de 2021, mediante el cual se adoptan nuevas medidas en virtud de la emergencia sanitaria generada por el COVID- 19, el mantenimiento del orden público, y la reactivación económica segura en el Distrito. El decreto estará vigente desde las 00:00 horas del 15 de diciembre de 2021, hasta las 24:00 horas del 31 de enero de 2022. Las medidas que se aplicarán son las siguientes: *Toque de queda El horario del toque de queda se modificó y ahora regirá desde las 3:00 a.m. hasta las 5:00 a.m. de cada día, anteriormente la medida aplicaba de 2:00 a.m. a 5:00 a.m., sin embargo, con el fin de que tanto las personas, como los establecimientos y comercios aprovechen la temporada turística, se redujo una hora la restricción de movilidad. Es de resaltar que durante los días 25 de diciembre de 2021 y 1 de enero de 2022 no habrá toque de queda. *Prohibidos artículos pirotécnicos La nueva normativa prohíbe la venta, distribución y uso de artículos pirotécnicos, fuegos artificiales o cualquier otro artefacto explosivo. Solo estarán permitidas las demostraciones públicas de fuegos artificiales autorizadas por la Secretaría del Interior y Convivencia Ciudadana. *Horarios de establecimientos El horario de funcionamiento de tiendas, estancos, billares, terrazas, refresquerías y salsamentarías será hasta las 12:00 a.m. El horario de apertura de bares y gastrobares será desde las 10:00 a.m. de cada día. *Eventos y espectáculos La realización de cualquier tipo de espectáculo público o eventos de fiestas electrónicas y de cualquier otro tipo, en playas y espacios públicos será desde las 10:00 a.m. . Ampliación del decreto en la historia